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Términos y condiciones del servicio «Drive-Thru»

Fecha de entrada en vigor: 28 de septiembre de 2026

Condiciones del ticket para clientes del servicio «Drive-Thru», asunción de riesgos, renuncia y exención de responsabilidad

The Light Park — Gestionado por Light Bright, LLC

Todos los servicios de drive-thru de All Light Park Lugares en Texas y Oklahoma. El parque al que acudes, las entidades exoneradas y la legislación aplicable a tu visita se indican en el Anexo A.

LEA ATENTAMENTE ESTE DOCUMENTO ANTES DE REALIZAR LA COMPRA. ESTE DOCUMENTO CONTIENE UNA ACEPTACIÓN DE RIESGO, UNA EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD Y UNA INDEMNIZACIÓN. AFECTA A SUS DERECHOS LEGALES, INCLUIDO SU DERECHO A RECLAMAR UNA INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS.

EXIMES A LAS PARTES EXONERADAS DE CUALQUIER RESPONSABILIDAD POR SU PROPIA NEGLIGENCIA, INCLUIDA LA NEGLIGENCIA QUE PROVOQUE LESIONES FÍSICAS, LA MUERTE Y DAÑOS EN TU VEHÍCULO Y EN OTROS BIENES.

LA SECCIÓN 13 EXIGE QUE LAS CONTROVERSIAS SE RESUELVAN MEDIANTE ARBITRAJE INDIVIDUAL VINCULANTE. TÚ Y EL OPERADOR RENUNCIÁIS AL DERECHO A UN JUICIO CON JURADO Y AL DERECHO A PARTICIPAR EN UNA DEMANDA COLECTIVA.

CONDUCIRÁS UN VEHÍCULO A MOTOR POR LA NOCHE, EN LA OSCURIDAD, ENTRE OTROS VEHÍCULOS Y PEATONES. EL CONDUCTOR ES RESPONSABLE DE CONDUCIR EL VEHÍCULO DE FORMA SEGURA EN TODO MOMENTO.

AL MARCAR LA CASILLA DE ACEPTACIÓN, COMPLETAR LA COMPRA Y ACCEDER AL PARQUE, ACEPTAS ESTAS CONDICIONES EN NOMBRE TUYO, DEL CONDUCTOR Y DE TODOS LOS OCUPANTES DE TU VEHÍCULO, INCLUIDOS LOS MENORES DE EDAD.

1. Definiciones

1.1 Por «Operador» se entiende Light Bright, LLC, una sociedad de responsabilidad limitada de Texas que opera bajo el nombre comercial de The Light Park, así como la entidad encargada de la gestión del parque.

1.2 Por «Parque» se entiende la experiencia de luces navideñas «Light Park» en formato «drive-thru» que tiene lugar en el « Lugar » indicado en tu entrada, junto con todos los terrenos, vías de entrada y salida, zonas de cola, carriles, zonas de aparcamiento, puestos de venta y aseos utilizados en relación con la misma. Los « Lugares » de tipo «drive-thru» a los que se aplican estas condiciones figuran en el Anexo A.

1.3 Por «vehículo» se entiende el vehículo a motor con el que se accede al parque. Por «conductor» se entiende la persona que conduce el vehículo. Por «ocupante» se entiende cualquier persona que se encuentre en el vehículo.

1.4 Los términos «huésped», «usted» y «su» se refieren a la persona que ha adquirido la entrada, al conductor y a cada uno de los ocupantes admitidos con una entrada adquirida por dicha persona, incluidos los menores de edad.

1.5 Por «Partes exoneradas» se entiende, en conjunto: el Operador y sus sociedades matrices, filiales y empresas asociadas; el propietario, arrendador, licenciante, arrendador del inmueble y operador del Parque al que asistas, incluido el licenciante identificado para dicho Parque en el Anexo A; cada una de las partes a las que el Operador esté obligado, en virtud de su contrato relativo a dicho Parque, a indemnizar o a designar como asegurado adicional; cada entidad afiliada de cada una de las anteriores; y cada uno de sus respectivos propietarios, socios, gerentes, socios comanditarios, directivos, consejeros, empleados, agentes, contratistas, subcontratistas, proveedores, patrocinadores, proveedores de venta de entradas, voluntarios, representantes, sucesores, cesionarios y aseguradoras.

2. Aceptación y facultad para obligar

2.1 Aceptación electrónica. Aceptas que marcar la casilla de aceptación y completar tu compra equivale a tu firma electrónica y constituye un acuerdo vinculante con estas condiciones, exigible en virtud de la Ley federal E-SIGN y, según sea aplicable al parque al que asistas, la Ley Uniforme de Transacciones Electrónicas de Texas , el Capítulo 322 del Código de Negocios & Com. Code, cap. 322, o la Ley Uniforme de Transacciones Electrónicas de Oklahoma, 12A Okla. Stat. § 15-101 y siguientes. El operador conservará un registro de su aceptación, incluyendo la fecha, la hora y la versión de estas condiciones aceptadas.

2.2 Te comprometes en nombre de todo tu vehículo. Declaras y garantizas que tienes autoridad para aceptar estas condiciones en nombre del conductor y de todos los ocupantes de tu vehículo. Te comprometes a poner estas condiciones a disposición del conductor y de cada uno de los ocupantes antes de la llegada. Cada visitante que acceda al parque acepta estas condiciones al entrar, independientemente de si dicho visitante ha comprado la entrada o es el comprador.

2.3 Menores de edad. Si compras entradas para una persona menor de 18 años o la acompañas, declaras que eres su padre, madre o tutor legal, o que estás autorizado para actuar en su nombre. Usted acepta estas condiciones en su propio nombre y en el de dicho menor; renuncia a cualquier reclamación propia derivada de lesiones sufridas por dicho menor, incluida cualquier reclamación por pérdida de consorcio, gastos médicos o servicios; y se compromete a indemnizar a las Partes exoneradas según lo dispuesto en la sección 7 con respecto a cualquier reclamación presentada por dicho menor o en su nombre.

2.4 La entrada implica la aceptación. El hecho de acceder al parque implica la aceptación de estas condiciones y de todas las normas expuestas, además de cualquier aceptación expresada en el momento de la compra.

3. Entradas, acceso, condiciones meteorológicas y reembolsos

3.1 Cada entrada da acceso a un vehículo, para la fecha y el horario de entrada seleccionados en el momento de la compra, y no puede cederse ni cambiarse de fecha. El operador podrá establecer y hacer cumplir límites de ocupación, tamaño, altura y tipo de vehículo, y podrá exigir una entrada adicional o denegar la entrada a un vehículo de dimensiones excesivas.

3.2 Salvo lo dispuesto en el apartado 3.3, todas las ventas de entradas son definitivas y no reembolsables. Al comprar una entrada, reconoces y aceptas que no se realizará ningún reembolso, cambio ni cancelación por ningún motivo, incluidos los cambios en las condiciones meteorológicas, el tráfico, los tiempos de espera, los conflictos de horarios, las enfermedades o la no asistencia.

3.3 El Operador podrá retrasar, suspender, acortar, modificar o cerrar el Parque, en su totalidad o en parte, por motivos meteorológicos, de seguridad, de aforo, de tráfico, mecánicos u operativos, o por indicación del propietario del recinto o de cualquier autoridad pública. Si el Operador cancela una noche de espectáculo programada, se notificará a los titulares de las entradas afectados a la dirección de correo electrónico facilitada al realizar la compra, y la política de cancelación publicada por el Operador establece la compensación ofrecida. En ningún caso la compensación excederá el importe nominal pagado por la entrada afectada.

3.4 No se garantizan los tiempos de espera, la longitud de las colas ni la disponibilidad de ninguna exposición o actividad en concreto, y estos factores no constituyen motivo para un reembolso.

4. Asunción de riesgos

Usted es consciente de que asistir a un parque de luces con servicio desde el coche conlleva riesgos inherentes de daños materiales, lesiones corporales, enfermedad, discapacidad permanente y fallecimiento; de que dichos riesgos no pueden eliminarse; y de que pueden derivarse de los actos u omisiones del Operador, de otros visitantes o de nadie en concreto. Sabiendo esto, usted acepta y asume voluntariamente todos esos riesgos, incluidos, entre otros, los siguientes riesgos específicamente identificados:

  • conducir y viajar en un vehículo a motor por la noche, en la oscuridad, a baja velocidad, en una cola de otros vehículos y con visibilidad reducida u obstaculizada;
  • conducir con los faros atenuados, apagados o en modo de luces de posición cuando así lo indique el operador o la señalización correspondiente, y la consiguiente reducción de la visibilidad;
  • colisión con otro vehículo o ser embestido por otro, incluidas las colisiones por alcance, las frenadas bruscas, las maniobras de marcha atrás y las incorporaciones al tráfico;
  • las personas que circulan a pie por las calles y sus alrededores, incluido el personal del Operador, los contratistas, los artistas y otros invitados, así como el riesgo de chocar contra una persona que circula a pie o de ser golpeado por ella;
  • el contacto entre tu vehículo y las pantallas luminosas, los arcos, los túneles, las estructuras, los postes, las estacas, los cables de sujeción, los anclajes, el cableado, las barreras, los conos, los bordillos, las vallas, los elementos que cuelgan a baja altura y los elementos aéreos, así como los arañazos, abolladuras, daños en la pintura, daños en los cristales y otros daños que se produzcan en tu vehículo;
  • superficies de circulación estrechas, sinuosas, sin iluminación, sin asfaltar, irregulares, blandas, embarradas, heladas, inundadas, con baches, de grava o de hierba, y el riesgo de que un vehículo se atasque, toque fondo o necesite ser remolcado;
  • luces intermitentes, estroboscópicas, pulsantes, en movimiento, de láser y de colores vistas a través del parabrisas, así como efectos de proyección, niebla, bruma y aromas —que pueden afectar a los visitantes con fotosensibilidad, epilepsia, migraña, trastornos convulsivos, sensibilidad sensorial, asma o afecciones respiratorias, y que pueden distraer o mermar temporalmente la capacidad del conductor—;
  • la música y los sonidos fuertes o prolongados, incluida la transmisión de audio al vehículo, así como la distracción provocada por sintonizar, ajustar o manejar una radio, un teléfono u otro dispositivo;
  • cualquier tipo de condiciones meteorológicas, incluyendo el frío, el calor, la lluvia, el viento, la niebla, el hielo y los rayos, así como los efectos de la exposición a las mismas mientras se está parado o fuera del vehículo;
  • los gases de escape de los motores, el monóxido de carbono y los humos de los vehículos con el motor en marcha al ralentí, tanto el tuyo como los de los que te rodean;
  • avería mecánica, fallo, fallo de la batería, sobrecalentamiento, avería en los neumáticos o agotamiento del combustible de su vehículo mientras se encuentre en la cola o en el aparcamiento, así como los retrasos, el remolque o la recuperación que de ello se deriven;
  • lesiones que sufra cualquier ocupante que se asome, estire o saque cualquier parte de su cuerpo por una ventana, un techo solar, una puerta o la caja de la camioneta, viaje fuera del habitáculo o salga del vehículo;
  • las colas, los atascos y el tráfico en las vías públicas y en los accesos al parque, así como las condiciones en las zonas de aparcamiento;
  • los actos, omisiones, bienes, vehículos y animales de otros huéspedes;
  • la fauna silvestre y los animales presentes en el parque o en sus inmediaciones;
  • la comida, las bebidas y los artículos comprados en el parque; y
  • exposición a enfermedades contagiosas.

Eres responsable de evaluar tu propia aptitud física, así como la del conductor y la de todos los ocupantes, para participar; de utilizar los dispositivos de ayuda a la movilidad, la audición y la visión que necesites; y de detenerte o marcharte si las circunstancias o tu estado físico hacen que continuar sea peligroso.

5. Normativa sobre conductores, vehículos y tráfico

5.1 Requisitos del conductor. El conductor declara que posee un permiso de conducir válido y en vigor; que el vehículo está debidamente matriculado y asegurado según lo exigido por el estado en el que se encuentra el parque; y que no se encuentra bajo los efectos del alcohol, el cannabis, ninguna sustancia controlada ni ningún medicamento que afecte a su capacidad para conducir con seguridad. El operador podrá denegar la entrada o retirar cualquier vehículo cuyo conductor parezca estar bajo los efectos de alguna sustancia, y podrá ponerse en contacto con las fuerzas del orden.

5.2 Conducción del vehículo. El conductor es el único responsable de la conducción segura del vehículo en todo momento dentro del parque. Ninguna de las partes exoneradas conduce, dirige ni controla su vehículo, y las indicaciones dadas por el personal o la señalización no eximen al conductor de su responsabilidad en cuanto a la conducción segura.

5.3 Normas dentro del parque. Tanto tú como todos los ocupantes debéis:

  • Respetar en todo momento el límite de velocidad indicado, así como toda la señalización, las marcas viales y las instrucciones del personal;
  • ajustar los faros según las indicaciones de las señales o del personal, y utilizar las luces de emergencia únicamente según las instrucciones;
  • permanecer en el interior del vehículo en todo momento, salvo en las zonas que el operador designe expresamente para salir;
  • mantener a todos los ocupantes sentados en el habitáculo, con los cinturones de seguridad y los sistemas de retención infantil utilizados según lo exige la ley; no viajar en la caja de la camioneta, en el portón trasero, en el techo, de pie a través del techo solar, ni asomarse o sacar ninguna parte del cuerpo por una ventana o puerta;
  • no detenerse, aparcar, dar marcha atrás, dar la vuelta en U, salir del carril designado ni obstaculizar el tráfico, salvo que así lo indique el personal o en caso de emergencia;
  • no tocar, mover, acceder, subirse, dañar ni alterar ninguna exposición, estructura, equipo, cableado o elemento paisajístico;
  • no utilizar el Parque para ninguna actividad de fotografía comercial, rodaje, publicidad, captación de clientes o venta sin el consentimiento previo por escrito del Operador;
  • mantener a los animales dentro del vehículo en todo momento; no se permite dejar a los animales solos en el vehículo dentro del parque;
  • no consumir alcohol, cannabis ni ninguna sustancia controlada en el vehículo ni en el parque, y no introducir alcohol procedente del exterior; y
  • No se permite fumar, vapear ni utilizar llamas abiertas, fuegos artificiales, bengalas, punteros láser ni drones en el parque.

5.4 Artículos prohibidos. En el parque están prohibidos los siguientes artículos: armas y objetos que puedan utilizarse como armas, salvo que la legislación estatal aplicable lo permita expresamente; fuegos artificiales y llamas abiertas; drogas ilegales y sustancias controladas; drones y dispositivos teledirigidos; y cualquier artículo que el operador considere razonablemente que supone un riesgo. Quedan prohibidas las peleas, las conductas amenazantes, el acoso y el lenguaje ofensivo.

5.5 Avería. Si su vehículo queda inmovilizado, permanezca en él siempre que sea seguro hacerlo y solicite ayuda al personal. El operador podrá mover o disponer el remolque de cualquier vehículo que se encuentre inmovilizado, abandonado, bloqueando un carril o suponga un peligro, a cargo y riesgo del propietario. Ninguna de las Partes exoneradas se hace responsable de los daños derivados de dicho desplazamiento o remolque, salvo en la medida en que sean causados por negligencia grave o conducta dolosa de la Parte exonerada.

6. Renuncia y exención de responsabilidad

A CAMBIO DE QUE SE LE PERMITA ADQUIRIR ENTRADAS, ACCEDER AL PARQUE Y PARTICIPAR EN ÉL, USTED, EN NOMBRE PROPIO, DEL CONDUCTOR, DE TODOS LOS OCUPANTES, DE SUS HIJOS MENORES DE EDAD Y DE SUS HEREDEROS, ALBACES, ADMINISTRADORES, REPRESENTANTES PERSONALES, SUBROGADOS Y CESIONARIOS, POR LA PRESENTE RENUNCIAS, EXIMES, ABSOLVES Y LIBERAS PLENAMENTE Y PARA SIEMPRE A LAS PARTES EXONERADAS DE CUALQUIER Y TODAS LAS RECLAMACIONES, DEMANDAS, ACCIONES, CAUSAS DE ACCIÓN, PÉRDIDAS, DAÑOS, RESPONSABILIDADES, COSTES Y GASTOS QUE SURJAN DE O ESTÉN RELACIONADOS CON LA COMPRA DE ENTRADAS O CON SU PRESENCIA O PARTICIPACIÓN EN EL PARQUE, INCLUIDOS CADA UNO DE LOS RIESGOS IDENTIFICADOS ESPECÍFICAMENTE EN LA SECCIÓN 4 — INCLUIDAS LAS RECLAMACIONES POR LESIONES FÍSICAS, ENFERMEDAD, DISCAPACIDAD Y FALLECIMIENTO, LAS RECLAMACIONES POR DAÑOS O PÉRDIDA DE SU VEHÍCULO Y SU CONTENIDO, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRO BIEN, RECLAMACIONES DERIVADAS DE COLISIONES CON OTRO VEHÍCULO O CON UN PEATÓN, RECLAMACIONES DERIVADAS DEL CONTACTO ENTRE UN VEHÍCULO Y CUALQUIER EXPOSICIÓN, ESTRUCTURA O EQUIPO, Y RECLAMACIONES DERIVADAS DE LOS ACTOS, OMISIONES, BIENES, VEHÍCULOS O ANIMALES DE OTROS VISITANTES.

LA PRESENTE RENUNCIA INCLUYE EXPRESAMENTE LAS RECLAMACIONES DERIVADAS, TOTAL O PARCIALMENTE, DE LA NEGLIGENCIA DE CUALQUIERA DE LAS PARTES EXONERADAS, INCLUIDAS LAS RELACIONADAS CON SU NEGLIGENCIA EN EL DISEÑO, LA CONSTRUCCIÓN, LA INSTALACIÓN, EL MANTENIMIENTO, LA ILUMINACIÓN, LA SEÑALIZACIÓN, EL CONTROL DEL TRÁFICO, INSPECCIÓN, DOTACIÓN DE PERSONAL, SUPERVISIÓN, FORMACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL PARQUE. HA LEÍDO Y ENTENDIDO QUE ESTA RENUNCIA CUBRE LA PROPIA NEGLIGENCIA DE LAS PARTES EXONERADAS, Y LA ACEPTA COMO CONDICIÓN PARA ASISTIR.

Ninguna disposición de estas condiciones exime, limita ni renuncia a la responsabilidad por negligencia grave, por conducta dolosa, temeraria o intencionada, ni por cualquier daño doloso a la persona o a los bienes de un tercero, en el sentido de lo dispuesto en el artículo 212 del Título 15 del Código de Oklahoma, ni a cualquier otra responsabilidad que no pueda eximirse legalmente en virtud de la legislación aplicable a su visita. Si alguna parte de esta sección se considerara inaplicable, el resto seguirá surtiendo pleno efecto.

7. Compromiso de no interponer demanda; indemnización; daños materiales

7.1 Compromiso de no interponer demandas. Te comprometes a no iniciar ni llevar adelante ninguna reclamación, demanda, arbitraje o procedimiento contra ninguna de las Partes exoneradas por cualquier asunto objeto de la exención prevista en la sección 6, y a no ayudar a ninguna otra persona a hacerlo (salvo que lo exija la ley o un proceso legal válido).

7.2 Indemnización. Te comprometes a indemnizar, defender y eximir de responsabilidad a las Partes exoneradas frente a todas las reclamaciones, demandas, pleitos, pérdidas, daños, responsabilidades, multas, sanciones, costes y gastos (incluidos los honorarios razonables de abogados) que se deriven o estén relacionados con: (a) los actos u omisiones por tu parte, por parte del conductor o de cualquier ocupante, incluidos los menores de edad; (b) la conducción de tu vehículo en el parque o al acercarse a él; (c) el incumplimiento por su parte de estas condiciones o de cualquier norma publicada; y (d) cualquier reclamación presentada por un menor que se encuentre en su vehículo o en nombre de este. Esta obligación seguirá vigente tras su visita.

7.3 Notifica cualquier incidente antes de marcharte. Si te ves involucrado en una colisión, lesión o daño material en el parque, o si eres testigo de alguno de ellos, debes comunicarlo al personal del parque de inmediato y antes de marcharte, y facilitar tu nombre y datos de contacto y, en caso de que haya un vehículo implicado, los datos del permiso de conducir y del seguro.

7.4 Daños causados por ti. Eres responsable del coste de la reparación o sustitución de cualquier elemento de exposición, iluminación, equipamiento, señalización, jardinería, estructura u otros bienes dañados por ti, por el conductor, por cualquier ocupante o por tu vehículo.

8. Asistencia médica de urgencia

Usted da su consentimiento para que se le presten primeros auxilios y asistencia médica de urgencia a usted y a cualquier menor que se encuentre en su vehículo si el conductor o el personal del parque lo consideran conveniente, y asume la responsabilidad del coste de dicha asistencia y de cualquier transporte. Ninguna de las Partes exoneradas está obligada a prestar asistencia médica, y la disponibilidad de personal o equipamiento in situ no genera tal obligación.

9. Fotografía, vídeo e imagen

El parque está vigilado por cámaras y se realizan grabaciones; el Operador y sus representantes podrán tomar fotografías y realizar grabaciones. Usted concede a las Partes exoneradas un derecho irrevocable, de ámbito mundial y libre de derechos de autor para fotografiarle, filmarle y grabarle a usted, a los ocupantes de su vehículo y al aspecto de su vehículo, así como para utilizar y conceder licencias sobre dichas imágenes, grabaciones, voces e imágenes en cualquier medio con fines publicitarios, promocionales, comerciales, en redes sociales y de archivo, sin necesidad de previo aviso, autorización ni compensación alguna. Si no desea ser grabado, le rogamos que no asista.

10. Derecho a denegar la admisión y a expulsar a alguien

El Operador podrá denegar la entrada al Parque o expulsar de él a cualquier Visitante o Vehículo por incumplimiento de estas condiciones o de las normas expuestas, por una conducta que resulte peligrosa, perturbadora, abusiva o ilegal, por motivos de seguridad, protección, operativos o de política, o por cualquier otro motivo a la entera discreción del Operador, sin derecho a reembolso. El Operador no tiene obligación alguna de ejercer esta facultad discrecional, y el hecho de no denegar la entrada o expulsar a un visitante o vehículo no genera ninguna obligación para con dicho visitante ni ninguna responsabilidad por parte de ninguna de las Partes exoneradas.

11. Modificaciones de estas condiciones

El operador puede modificar estas condiciones en cualquier momento. La versión vigente está disponible en la página web del operador y en el parque. La versión que aceptaste en el momento de la compra es la que rige tu visita.

12. Limitación de responsabilidad

12.1 En la medida en que lo permita la legislación aplicable, ninguna de las Partes exoneradas será responsable de daños indirectos, incidentales, especiales, consecuentes, ejemplares o punitivos, ni de lucro cesante, pérdida de disfrute, gastos de desplazamiento, gastos de grúa o de alquiler, ni de cualquier otra pérdida económica que se derive o esté relacionada con el Parque.

12.2 En la medida en que lo permita la legislación aplicable, la responsabilidad total de las Partes exoneradas por cualquier reclamación que se derive o esté relacionada con la compra, el precio, las tasas, el reembolso, la cancelación o el uso de una entrada no superará el importe que hayas pagado por las entradas en cuestión.

12.3 Las secciones 12.1 y 12.2 no se aplican a, ni limitan, ninguna reclamación por lesiones físicas, enfermedad o fallecimiento, ni ninguna responsabilidad derivada de negligencia grave o de conducta dolosa, temeraria o intencionada. Nada de lo dispuesto en esta sección limita el efecto de la exención de responsabilidad prevista en la sección 6.

13. Resolución de litigios: arbitraje vinculante, renuncia a demandas colectivas y renuncia al juicio con jurado

LEE ATENTAMENTE ESTA SECCIÓN. EN ELLA SE ESTABLECE QUE TÚ Y EL OPERADOR DEBERÉIS RESOLVER LAS CONTROVERSIAS MEDIANTE ARBITRAJE INDIVIDUAL VINCULANTE, EN LUGAR DE RECURRIR A LOS TRIBUNALES, Y SE RENUNCIA A TU DERECHO A UN JUICIO CON JURADO Y A TU DERECHO A PARTICIPAR EN UNA ACCIÓN COLECTIVA O REPRESENTATIVA.

13.1 Resolución informal en primer lugar. Antes de iniciar el arbitraje, usted se compromete a notificar por escrito la controversia al Operador a la dirección publicada en su página web, describiendo la reclamación y la reparación solicitada, y a conceder un plazo de sesenta (60) días para que las partes intenten resolverla de manera informal. Este requisito no acorta ningún plazo de prescripción.

13.2 Acuerdo de arbitraje. Cualquier disputa, reclamación o controversia que surja de o esté relacionada con estas condiciones, tu entrada, tu presencia o participación en el Parque, o cualquier lesión, enfermedad, daño o pérdida que se produzca en el Parque o en relación con él —ya sea por contrato, responsabilidad extracontractual, legislación, fraude, tergiversación o cualquier otra teoría jurídica, y tanto si surge antes, durante o después de la aceptación de estas condiciones—, se resolverá exclusivamente mediante arbitraje definitivo y vinculante, y no ante los tribunales, salvo lo dispuesto expresamente en la sección 13.6. Este acuerdo de arbitraje se rige por la Ley Federal de Arbitraje, 9 U.S.C. § 1 y siguientes.

13.3 Normas, sede y árbitro. El arbitraje será administrado por la Asociación Americana de Arbitraje (AAA) con arreglo a sus Normas de Arbitraje para Consumidores vigentes en ese momento, ante un único árbitro neutral. La sede del arbitraje será el condado de Dallas, Texas, independientemente del parque al que hayas acudido. De conformidad con las Normas de Arbitraje para Consumidores de la AAA, las audiencias podrán celebrarse por teléfono o videoconferencia, basándose únicamente en la documentación, o —si así lo eliges— en persona en el condado en el que residas, y ningún Invitado estará obligado a desplazarse al condado de Dallas para ser oído. El árbitro tiene competencia exclusiva para resolver todas las cuestiones relativas a la arbitrabilidad, el alcance, la formación y la exigibilidad de la presente sección, y podrá conceder cualquier medida de reparación individual que un tribunal pudiera conceder, incluidos los honorarios de los abogados cuando lo autorice la ley. El laudo del árbitro es definitivo y vinculante, y podrá registrarse como sentencia en cualquier tribunal de jurisdicción competente. Las tasas de presentación y administrativas se distribuyen con arreglo a las Normas de Arbitraje para Consumidores de la AAA.

13.4 Únicamente a título individual; renuncia a la acción colectiva. TODAS LAS RECLAMACIONES DEBERÁN PRESENTARSE A TÍTULO INDIVIDUAL Y NO COMO DEMANDANTE O MIEMBRO DE UNA SUPUESTA ACCIÓN COLECTIVA, COLECTIVA, CONSOLIDADA, DE FISCAL GENERAL PRIVADO U OTRO PROCEDIMIENTO REPRESENTATIVO. El árbitro no podrá consolidar las reclamaciones de más de una persona, no podrá presidir ningún tipo de procedimiento colectivo o representativo, y solo podrá conceder una reparación a la parte individual que la solicite y únicamente en la medida necesaria para dar respuesta a la reclamación individual de dicha parte. Si se considera que la presente sección 13.4 es inaplicable en relación con cualquier reclamación o solicitud de reparación, dicha reclamación o solicitud de reparación —y únicamente dicha reclamación o solicitud de reparación— se separará del procedimiento de arbitraje y deberá presentarse ante los tribunales indicados en la sección 13.6, mientras que todas las demás reclamaciones se tramitarán en el marco del arbitraje.

13.5 Renuncia al juicio con jurado. EN LA MEDIDA EN QUE LO PERMITA LA LEY, TANTO USTED COMO EL OPERADOR RENUNCIAN, DE FORMA CONSCIENTE, VOLUNTARIA E IRREVOCABLE, A CUALQUIER DERECHO A UN JUICIO CON JURADO EN CUALQUIER ACCIÓN, PROCEDIMIENTO O CONTRADEMANDA QUE SURJA DE O ESTÉ RELACIONADA CON ESTAS CONDICIONES O CON EL PARQUE. Esta renuncia se aplica con independencia del acuerdo de arbitraje y sigue siendo válida para cualquier reclamación que, por cualquier motivo, se tramite ante un tribunal en lugar de mediante arbitraje.

13.6 Excepciones. Cualquiera de las partes podrá presentar una demanda individual ante un tribunal de reclamaciones de menor cuantía si cumple los requisitos y se mantenga en dicho tribunal, y cualquiera de las partes podrá solicitar medidas cautelares temporales o preliminares en apoyo del arbitraje o para proteger la propiedad intelectual. Cualquier acción destinada a exigir el arbitraje, a suspender un litigio en favor del arbitraje, o a confirmar, anular o ejecutar un laudo deberá interponerse exclusivamente ante los tribunales estatales o federales con competencia en el condado de Dallas, Texas, y usted acepta la jurisdicción de dichos tribunales y renuncia a cualquier objeción respecto a la competencia territorial de los mismos. Cualquier otra reclamación no sujeta a arbitraje deberá interponerse ante los tribunales estatales o federales con competencia en el condado en el que se encuentre el Parque que haya dado lugar a la reclamación, tal y como se identifica en el Anexo A.

13.7 Derecho de exclusión voluntaria. Podrá excluirse voluntariamente de lo dispuesto en las secciones 13.2 a 13.4 enviando una notificación por escrito al Operador a la dirección publicada en su página web en un plazo de treinta (30) días a partir de la fecha en que acepte por primera vez estas condiciones, indicando su nombre, el número de pedido y que opta por excluirse del arbitraje. La renuncia no afecta a ninguna otra disposición de estas condiciones, incluida la renuncia al juicio con jurado prevista en la sección 13.5, y no afectará a su entrada ni a su acceso al Parque.

13.8 Vigencia y separabilidad. La presente sección seguirá vigente tras la rescisión de las presentes condiciones y una vez finalizada su visita. Si se considerara inaplicable cualquier parte de esta sección, salvo la sección 13.4, dicha parte se separará del resto y el resto seguirá en vigor.

14. Generalidades

14.1 Legislación aplicable. Las presentes condiciones se rigen por la legislación del estado en el que se encuentre el Parque al que acuda — Texas o u Oklahoma, tal y como se indica en el Anexo A—, sin tener en cuenta los principios de conflicto de leyes, salvo en lo que respecta a la sección 13, que se rige por la Ley Federal de Arbitraje. Si acude a más de un Parque, se aplicará la legislación del estado del Parque que haya dado lugar a la controversia.

14.2 Divisibilidad. Si alguna disposición se considerara inválida o inaplicable, se modificará en la medida mínima necesaria para que sea aplicable, o se separará si ello no fuera posible, y las disposiciones restantes seguirán en pleno vigor.

14.3 Ausencia de renuncia. El hecho de que el operador no haga valer alguna disposición no constituye una renuncia a dicha disposición ni a ninguna otra.

14.4 Vigencia. Las secciones 4 a 14 seguirán vigentes tras tu visita.

14.5 Condiciones adicionales. El Operador podrá exigir a un Huésped que acepte condiciones adicionales como requisito para el acceso en una fecha concreta, o como requisito para disfrutar de un privilegio o actividad concretos. Dichas condiciones adicionales complementan las presentes condiciones y no las modifican, limitan ni sustituyen; las presentes condiciones seguirán siendo de plena aplicación, y se exigirá la aceptación de ambas cuando el Operador las presente conjuntamente.

14.6 Acuerdo íntegro. Las presentes condiciones, junto con cualquier condición adicional aceptada en virtud de la sección 14.5, cualquier norma publicada y las políticas de entradas y cancelaciones publicadas por el Operador, constituyen el acuerdo íntegro entre usted y el Operador en relación con el Parque y sustituyen a cualquier declaración anterior o simultánea.

14.7 Cesión. No podrás ceder las presentes condiciones. El operador podrá cederlas a cualquier empresa asociada o sucesora.

14.8 Terceros beneficiarios. Cada Parte exonerada que no sea parte de las presentes condiciones es un tercero beneficiario previsto de las secciones 4 a 14, incluido el acuerdo de arbitraje de la sección 13, y podrá hacerlas valer directamente.

14.9 Títulos. Los títulos se incluyen únicamente por motivos de comodidad y no influyen en la interpretación.

15. Agradecimientos

HE LEÍDO ESTAS CONDICIONES. ENTIENDO QUE ESTOY RENUNCIANDO A DERECHOS LEGALES SUSTANCIALES, INCLUIDO EL DERECHO A DEMANDAR POR LESIONES FÍSICAS, FALLECIMIENTO Y DAÑOS EN MI VEHÍCULO CAUSADOS POR LA NEGLIGENCIA DE LAS PARTES EXONERADAS, EL DERECHO A UN JUICIO CON JURADO Y EL DERECHO A PARTICIPAR EN UNA DEMANDA COLECTIVA.

ENTIENDO QUE EL CONDUCTOR ES EL ÚNICO RESPONSABLE DE LA CONDUCCIÓN SEGURA DEL VEHÍCULO EN TODO MOMENTO DENTRO DEL PARQUE.

ACEPTO DE FORMA LIBRE Y VOLUNTARIA, SIN NINGÚN TIPO DE INCENTIVO, Y MI INTENCIÓN ES QUE MI ACEPTACIÓN CONSTITUYA UNA EXONERACIÓN TOTAL E INCONDICIONAL DE TODA RESPONSABILIDAD EN LA MEDIDA MÁXIMA PERMITIDA POR LA LEGISLACIÓN APLICABLE.

Anexo A — Parques, legislación aplicable y jurisdicción

El parque indicado en tu entrada determina la legislación aplicable según la sección 14.1, las partes exoneradas adicionales según la sección 1.5 y el tribunal competente para cualquier reclamación no sujeta a arbitraje según la sección 13.6. El arbitraje tendrá lugar en el condado de Dallas, Texas , para todos los parques según la sección 13.3, y las audiencias podrán celebrarse cerca de tu domicilio o de forma remota. Si cambia la « Lugar » de un parque, prevalecerá la dirección indicada en su entrada y en la página web del operador, y la legislación aplicable y el foro competente serán los del lugar en el que dicho parque opere efectivamente.

  • Spring — Six Flags Splashtown, LLC, 21300 I-45 N, Spring, TX 77373 (Texas)
  • Arlington — Six Flags Over Texas, 1900 E Lamar Blvd, Arlington, TX 76006 (Texas)
  • Katy — Typhoon Waterpark, de Texas, LLC, 555 Katy Fort Bend Rd, Katy, TX 77494 (Texas)
  • Frisco — Frisco RoughRiders, LP, 7300 Riders Way, Frisco, TX 75034 (Texas)
  • Round Rock — Round Rock Baseball Club, L.P., 3400 E. Palm Valley Blvd, Round Rock, TX 78665 (Texas)
  • San Antonio — Missions — SA Missions Baseball Club, LLC, 5757 US Hwy 90 W, San Antonio, TX 78227 (Texas)
  • Granja Samuell — Ayuntamiento de Dallas, Departamento de Parques y Ocio, 100 US Highway 80 E, Mesquite, TX 75149 (Texas)
  • Oklahoma City — Recinto ferial de OKC, 3001 General Pershing Blvd, Oklahoma City, OK 73107 (Oklahoma)

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